FAQ

¿Soy realmente un sujeto obligado?

Sí. Los agentes inmobiliarios están incluidos en el Art. 2.1 letra l) de la Ley 10/2010 como sujetos obligados a aplicar medidas de diligencia debida.

¿Qué pasa si no cumplo?

El SEPBLAC puede imponer sanciones. La cuantía se gradúa según la gravedad: infracciones leves hasta 60.000 €, graves hasta 5.000.000 € y muy graves hasta 10.000.000 € o el 10 % del volumen de negocio anual (Art. 56–58 de la Ley 10/2010).

¿Puedo usar Doxario desde el móvil?

Sí. El flujo completo para el comprador está optimizado para móvil.

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