Diligencia debida y KYC
Ambas agencias son sujetos obligados y cada una responde por su propia comprobación KYC. La cooperación no libera a ninguna de sus obligaciones. Conviene que acuerden quién obtiene qué documentos para evitar duplicidades — pero la responsabilidad sigue siendo de cada una por separado.
Cuando dos agencias cooperan en una operación — una con el comprador, la otra con el vendedor, por ejemplo —, rigen cinco reglas:
Base legal: Ley 10/2010, art. 2.1 l), art. 3
Consejo práctico: Las cooperaciones entre agencias alemanas y españolas son habituales. Acuerden por escrito qué agencia lleva la documentación KYC. Si los datos cruzan la frontera, la agencia alemana debe además observar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
En la elaboración de estas preguntas frecuentes se han utilizado herramientas asistidas por IA; los contenidos han sido posteriormente revisados y aprobados por el equipo editorial de Doxario. Reflejan el estado general de la normativa en la fecha de revisión indicada y no constituyen asesoramiento jurídico ni fiscal individualizado. Para valorar su caso concreto —en particular ante estructuras complejas (sociedades offshore, trusts, fundaciones, comunidades hereditarias) o ante dudas sobre la nueva normativa europea— recomendamos consultar con un abogado especializado en prevención del blanqueo de capitales en España y, en materia tributaria, con un asesor fiscal. Doxario es una plataforma de gestión de operaciones y cumplimiento para agentes inmobiliarios en España, operada por Blue Pepper S.L.; tenemos por tanto un interés económico en las soluciones descritas en estas preguntas frecuentes. Doxario no asume responsabilidad por decisiones adoptadas únicamente sobre la base de estas preguntas frecuentes.
← Preguntas frecuentes